Muchas mujeres al quedarse embarazadas sienten cierta incertidumbre por saber qué va a ocurrir en su trabajo, si podrán compaginarlo o si serán despedidas debido a su situación. A continuación, con motivo del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, resolvemos todas las dudas sobre los derechos laborales de las madres.
¿Me pueden despedir por estar embarazada?
La respuesta es No. La ley considera discriminación los despidos debidos a un embarazo, así que si le despiden o le presionan para abandonar su puesto de trabajo mientras está embarazada, puede denunciarlo. En caso de que por estar embarazada no pueda desarrollar sus tareas habituales, su superior deberá adaptar esas tareas u ofrecerle un puesto distinto. Si se encuentra en una situación de despido o de presión laboral para su dimisión, puede dirigirse al sindicato de la empresa en primera instancia, y en caso de que no exista representación sindical puede poner una denuncia en la Inspección de Trabajo.
¿Cuándo debo comunicar a mi jefe que estoy embarazada?
Cuando usted quiera. No tiene ninguna obligación de comentar con su jefe sus planes de tener hijos ni su estado. Aún así, le recomendamos que lo comunique, ya que tanto usted como su jefe deberán planificar su jornada laboral adaptada a la nueva situación: planificar si necesitará jornada reducida, ausentarse un tiempo antes del parto o formar a un sustituto temporal que haga su trabajo mientras usted se ausenta.
¿Cuándo debo ausentarme de mi trabajo?
Esta decisión depende únicamente de usted. Puede acudir a trabajar hasta que vea que ya no puede acudir al trabajo y necesita estar en casa descansando, y pedir entonces una baja laboral o una excedencia. Le recomendamos que siga el consejo de su ginecólogo, quien valorará su embarazo y le recomendará sobre si es seguro que trabaje hasta los últimos días del embarazo.
¿Tras la baja por maternidad, puedo ausentarme del trabajo?
Existen algunos mecanismos legales que le permitirán pasar más tiempo ausente del trabajo tras terminar la baja por maternidad. Puede solicitar una excedencia, que en la mayoría de casos debe ser superior a 3 meses e inferior a 6 meses. Durante este tiempo puede no trabajar, manteniendo su puesto de trabajo, pero sin recibir sueldo. Por otra parte, debe tener derecho a dos pausas de 30 minutos durante su jornada laboral durante el periodo de lactancia para amamantar a su hijo.
Esperamos que estas respuestas sean de ayuda para todas las futuras madres que quieren compaginar su trabajo con la maternidad. Recuerde que ser madre es un derecho fundamental.
Fuentes consultadas para el artículo «Embarazo y trabajo: protección laboral en la maternidad»:
INEM
Estudio Jurídico Trassens